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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 4 de agosto de 2006, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 80/2006-PS en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
305101
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 310

SENTENCIAS PENALES EJECUTORIADAS, SUSPENSION DE LAS, CUANDO SE PIDE REDUCCION DE PENAS.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 310

Precedentes

Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 506/45. Herrera Mónico. 7 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: Por ejecutoria de fecha 4 de agosto de 2006, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 80/2006-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 305101