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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305122
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 626
VAGANCIA Y MALVIVENCIA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 626
No puede condenarse al reo por el delito de vagancia y malvivencia, si de su ficha signalética se desprende que aunque efectivamente ha tenido ingresos anteriores a la prisión, por diversos hechos delictuosos cometidos por él, también es verdad que por esos delitos o bien ha sido castigado, cumpliendo su sentencia, o ha resultado absuelto, en virtud de resoluciones dictadas, en ambos casos, por la autoridad judicial; por lo que de estimarse comprobado el cuerpo de los delitos citados, y la responsabilidad del quejoso, apoyándose en los anteriores ingresos en prisión, resultaría juzgado y castigado dos veces por los mismos hechos delictuosos. Además, en los numerosos casos de aprehensiones llevadas a cabo por la policía a título de "sospechosos de robo", no resulta lógico ni humano que los actos atentatorios de la policía se conviertan en elementos comprobatorios de la malvivencia y de la vagancia.
Precedentes
Amparo penal directo 10344/44. Chávez Hernández Salvador. 13 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.