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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 835
EMBRIAGUEZ, EXCLUYENTE DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 835
Para que se integre la excluyente a que se refiere la fracción II del artículo 11 del Código Penal del Estado de México, se requiere la concurrencia del estado de inconsciencia de sus actos, de parte del agente, y el empleo accidental e involuntario, de las sustancias embriagantes que se lo hubieren producido.
Precedentes
Amparo penal directo 6867/44. Martínez Ayala Leandro. 19 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.