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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305148
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 890
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 890
Si el heridor disparó sobre la víctima cuando ésta le daba la espalda, en modo alguno puede suponerse que en tales momentos se encontraba en las condiciones requeridas por la ley, para que se opere la legítima defensa, esto es, ante un peligro inminente para su persona, que lo pusiere en la disyuntiva de herir o de ser herido, de matar o de ser muerto por su adversario.
Precedentes
Amparo penal directo 8709/44. Camacho Silvestre. 20 de abril de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.