Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/305151
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 894
JUECES PENALES, FACULTADES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 894
Las autoridades judiciales del ramo civil, no las del ramo penal, serán las capacitadas legalmente para interpretar el alcance y términos de un contrato y para declarar, en caso de controversia entre las partes, si el cesionario de ciertos derechos de propiedad se ha excedido en ellos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4953/44. Oliveras Pedro. 20 de abril de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.