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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305166
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1128
VENTAJA, CALIFICATIVA DE (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1128
Existe la calificativa de ventaja, de conformidad con lo establecido por los artículos 304 y 305 del Código de Defensa Social aplicable si el sujeto pasivo del delito lo fue una mujer, inferior físicamente al sujeto activo, que estaba armado y de pie, en tanto que la ofendida se hallaba inerme y caída, y además, aquél no corrió riesgo alguno de ser muerto ni herido por ésta, no pudiendo decirse que el heridor obró en legítima defensa.
Precedentes
Amparo penal directo 132/45. Hernández Filemón. 26 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.