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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305209
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1507
DELITOS, DAÑO CAUSADO POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1507
En todo delito debe haber por lo menos dos sujetos que son el activo y el pasivo, es decir, quien infringe la ley, y quien resiente perjuicio por la infracción, y si la compañía que se dice ofendida, no llegó a tener existencia legal, no pudo tampoco alegar que resintió daño alguno.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9204/44. Valle Bango Alfredo del. 4 de mayo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.