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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305213
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1547
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1547
Un informe del que aparece comprobado que el reo no ha delinquido con anterioridad, no es suficiente para acreditar que hasta entonces hubiese observado buena conducta, y que ha tenido modo honesto de vivir, y de no comprobarse en forma fehaciente estos últimos requisitos, no puede otorgársele la condena condicional.
Precedentes
Amparo penal directo 623/45. Cervantes Medina Gabriel. 8 de mayo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.