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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1740
ESTUPRO, AGRAVANTE DEL (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1740
No quedó comprobada la calidad de padrastro que el reo tenía con respecto a la menor ofendida, si sólo vivía en amasiato con la madre de ésta, por lo que en el caso no tiene aplicación el artículo 252 del Código Penal del Estado.
Precedentes
Amparo penal directo 185/45. Ochoa Castillo Atanasio. 10 de mayo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.