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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305243
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1766
REOS, TRASLADO DE LOS (LEGISLACION DE HIDALGO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1766
El interés social exige que los delitos se averigüen y los culpables sean castigados, y el traslado de reos de la residencia del Juez del proceso, que no se ha excusado ni ha sido recusado, a la de otro que recibe jurisdicción en los términos del artículo 19 del Código de Procedimientos Penales aplicable, como excepción a la regla contenida en el artículo 18, entorpece el procedimiento penal, deja sin defensa a los reos y da lugar a que la causa tenga que tramitarse por medio de exhortos, con perjuicio de la pronta administración de justicia.
Precedentes
Amparo penal en revisión 94/45. Yáñez Macías José y coags. 10 de mayo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.