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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305277
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2194
PRUEBAS, FALTA DE RECEPCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2194
Aunque no hayan sido llamadas a declarar las personas que citó el reo, esto no le causa agravio, si es notorio que no les consta cómo ocurrieron los hechos, y por otra parte existe sobre su culpabilidad el dicho del ofendido corroborado por dos testigos presenciales.
Precedentes
Amparo penal directo 1705/45. Cruz Luis. 12 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.