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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305328
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2474
LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2474
Habiendo sido el reo motivo de un agresión y viéndose en la necesidad, tanto para defender la responsabilidad de su cargo, como para cumplir con un deber que le era impuesto, de repeler esa agresión, aun haciendo abstracción del deseo natural de librarse de ella, no puede decirse que privó de la vida a la víctima en circunstancias ordinarias, sino que obró en defensa legítima de su persona; pero con exceso, si no hubo necesidad racional del medio que empleó y el daño que le iba a causar al agresor, era notoriamente de poca importancia, comparado con el que causó la defensa.
Precedentes
Amparo penal en revisión 702/45. Voges Herrera Augusto. 21 de junio de 1945. Mayoría de tres votos. Disidentes: José M. Ortiz Tirado y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.