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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305350
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2690
LEGITIMA DEFENSA DEL HONOR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2690
No existe la legítima defensa del honor si lo que hizo el reo fue reaccionar en forma impulsiva para castigar la falta de que había sido víctima, sin que hubiera sorprendido a su cónyuge y al coautor del ataque moral, en el acto mismo de consumación del delito o a uno próximo a su consumación, que hubiera originado o justificado la actualidad de la agresión que exige la ley para integrar los requisitos de la legítima defensa citada.
Precedentes
Amparo penal directo 2111/45. Martínez Loza Aristeo. 26 de junio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.