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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305377
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 98
DECLARACION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 98
Aun cuando el personal del juzgado haya descuidado firmar la diligencia de declaración preparatoria del reo, esta anomalía debe considerarse saneada en razón de que si el reo rindió su primera declaración ante el presidente de la Junta Municipal, y esa declaración la ratificó posteriormente ante el Juez Municipal respectivo.
Precedentes
Amparo penal directo 6197/44. Chávez Ibarra Pedro. 5 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.