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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305388
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 193
RAPTO, DELITO DE (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 193
Los elementos que constituyen el cuerpo del delito de rapto según lo establecido por el Código Penal aplicable, son: a) El apoderamiento de una mujer; b) Por medio de la violencia física o moral de la seducción o del engaño y c) Ese apoderamiento debe tener por finalidad satisfacer un deseo sexual o para casarse; y el artículo 811 del mismo código establece la presunción legal de que cuando la ofendida no cumpla la edad de dieciséis años, se presume que existió la seducción. Comprobados esos elementos, no puede considerarse violatoria de garantías que condene al acusado.
Precedentes
Amparo penal directo 7568/44. González Marciano. 6 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.