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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305398
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 230
DESERCION, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 230
Si la confesión del reo de deserción se encuentra corroborada por las declaraciones que emitieron los testigos, y existió en el proceso el memorial de servicios del soldado, tales datos hacen prueba plena, conforme a los artículos 522, 603, 604, 609 y 610 del código castrense.
Precedentes
Amparo penal directo 3935/44. Flores Hermoso Joaquín de la Luz. 8 enero de 1945. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.