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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305439
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 558
CONSIDERANDOS DE LA SENTENCIA DE PRIMER GRADO, PUEDEN SER ESTUDIADOS EN LA APELACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 558
Rigiendo los considerandos de una sentencia, los puntos resolutivos de la misma, el tribunal de alzada, para poder inferir de ellos, como premisas, la legalidad o ilegalidad de la conclusión, que es el punto resolutivo, tiene forzosa necesidad de examinar los considerandos, estudiándolos y examinándolos desde el punto de vista jurídico y lógico para poder inferir, racionalmente, si el punto resolutivo se encuentra o no fundado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4170/44. Campanella Rodríguez Francisco. 11 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.