Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/305457
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305457
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 695
CHEQUES GIRADOS SIN FONDOS, PRESUNTA RESPONSABILIDAD DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 695
No estando justificado en autos cuando se dictó el auto de formal prisión, que la quejosa no procedió con dolo al girar un cheque sin fondos, es manifiesto que en la especie se cumplió la presunción juris tantum de haber procedido con dolo, por lo que se debe concluir que el cuerpo del delito que se le imputa, está justificado en autos, así como su presunta responsabilidad.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7791/44. Cervantes Fonseca de Cacho Irene. 12 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.