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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 757
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 757
Para que proceda el beneficio de la condena condicional debe promoverse lo conducente durante la instrucción del proceso y deben llenarse los requisitos que señala el Código de Procedimientos Penales aplicable.
Precedentes
Amparo penal directo 7623/41. García Antonio. 15 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente. Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, página 146, jurisprudencia 62/85, bajo el rubro: "CONDENA CONDICIONAL, REQUISITOS PARA LA.".