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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 778
ESTUPRO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 778
Si en autos consta por el dicho de testigos, que la ofendida gozaba de buena reputación y se le tenía por casta y honesta, no se opone el certificado médico de reconocimiento que se le practicó, en el que se asienta que la desfloración data de un tiempo cuya fecha no se puede precisar.
Precedentes
Amparo penal directo 7900/44. Flores Rodríguez Faustino. 15 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, página 237, jurisprudencia 112/85, bajo el rubro: "ESTUPRO, EXISTENCIA DEL DELITO DE.".