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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305488
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 964
RIÑA (RESPONSABILIDAD DUDOSA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 964
Si existe la circunstancia de que las lesiones que presentaba el cadáver fueron causadas por instrumento punzocortante, este indicio no induce a considerar como autor del homicidio al primer rijoso, pues por sí solo resulta de extrema vaguedad; máxime, si se estima que la segunda riña, con distinta persona, fue en presencia de diversos individuos y, consiguientemente, bien pudo no ser la segunda persona y que estaba armada con una pistola, quien dio muerte al extinto, sino alguno de sus acompañantes que iba armado con un instrumento punzocortante; por lo cual debe absolverse al reo por el conocido principio: "In dubio pro reo".
Precedentes
Amparo penal directo 5735/44. Ramírez Vázquez Pedro. 18 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.