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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305512
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1304
ABUSO DE CONFIANZA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1304
Un empleado de comercio que cobra, por error o con dolo, alguna cantidad mayor que la debida a un cliente del patrón, no comete delito de abuso de confianza en contra del patrón aun cuando ese hecho pudiera ser constitutivo de otro delito, porque no perteneciendo al patrón la cantidad cobrada con exceso, no puede decirse que haya habido la entrega en confianza de esa suma, para aplicarla al patrimonio del repetido patrón; ni, desde otro punto de vista, puede decirse que en el caso exista abuso de confianza, si no está demostrado que el empleado aplicó en su provecho lo cobrado excesivamente.
Precedentes
Amparo penal directo 8172/44. Mantilla Bujía Roberto. 24 de enero de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: José Rebolledo. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.