Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/305522
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305522
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1456
INJURIAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1456
Si los careos que se practicaron entre la acusada y los testigos, tuvieron el carácter de supletorios y no hubo la oportunidad de que esos testigos, en tales careos o por medio de diligencia correspondiente, pudiesen identificar a la persona a que se refieren en su declaración no existiendo esa identificación, tal prueba testimonial carece de todo valor, supuesto que los hechos que refieren, pueden ser atribuídos a cualquier otra persona y no precisamente a la reo.
Precedentes
Amparo penal directo 4226/44. Hernández Candelaria. 25 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.