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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1998
HOMICIDIO CALIFICADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1998
Si los autores del delito hicieron fuego sobre un individuo, a quien suponía el delincuente, dándose cuenta de que no portaba arma alguna, hasta que cayo muerto, no puede considerarse el homicidio como calificado, pues si bien el uso de las armas por parte de los acusados pudiera ser atentatoria, no envuelve la concurrencia de los elementos requeridos por la ley, para considerar el homicidio como calificado, dado que bien pudieron confundir a la víctima con alguno de los asaltantes a quienes perseguía.
Precedentes
Amparo penal directo 5854/44. Aguiluz Candelario Féliz y coagraviado. 1o. de febrero de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. Disidentes: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.