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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305570
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2064
ORDEN DE APREHENSION, NEGATIVA DEL AMPARO CONTRA LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2064
Queda sin materia el amparo pedido contra el requerimiento hecho al quejoso para comparecer ante un Juez, si se ha negado a dicho quejoso el amparo contra una orden de aprehensión, pues es evidente que como consecuencia de tal negativa la orden de aprehensión reclamada podrá ejecutarse y en este orden de ideas, la requisitoria del Juez para que se presente a rendir su preparatoria quedará sin efecto alguno dado que, una vez detenido, su traslación para que quede a disposición del Juez que conoce de su proceso habrá de llevarse a cabo en la forma que estatuyen los cánones constitucionales consiguientes.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4075/44. Castañeda Borbón Vicente. 2 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.