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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305616
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2594
EMBRIAGUEZ (LEGISLACION DEL ESTADO DE CAMPECHE).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2594
Si en el momento de delinquir, el reo se encontraba en estado de embriaguez, al que llegó en forma consciente y voluntaria de su parte, es inadmisible en su favor la circunstancia excluyente de responsabilidad a que se refiere la fracción II del artículo 13 del Código Penal aplicable.
Precedentes
Amparo penal directo 5867/44. Lemus Vallejo Luis. 14 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.