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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2636
CONSEJO DE GUERRA, ES TRIBUNAL DE DERECHO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2636
La estructura del consejo de guerra difiere esencial y fundamentalmente de la del jurado popular, porque lejos de ser un tribunal de conciencia, lo es de derecho, ya que la fórmula bajo la cual protesta cumplir su cometido, contenida en el artículo 668 del Código de Justicia Militar, lo constriñe a observar las leyes de la materia, con la mira de conservar la disciplina y el prestigio del ejército nacional; de donde se sigue que es inexacto afirmar que tenga un poder discrecional e incontrolable, en la apreciación de los hechos.
Precedentes
Amparo penal directo 7780/44. Ríos Ruiz Jesús. 15 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.