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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305627
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2649
RETRACTACION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2649
Si el reo manifestó ante el Juez de su proceso, que no fue obligado a declarar en los términos que aparezcan en la diligencia levantada por el agente del Ministerio Público que inició la investigación, debe deducirse que su confesión, contenida en aquella diligencia, es perfecto, aunque con posterioridad, al rendir su declaración preparatoria, se hubiese retractado de ella.
Precedentes
Amparo penal directo 9178/44. Bustamante Mozo Ricardo. 15 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.