Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/305635
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2751
OCULTACION DE INFANTE, DELITO DE (LEGISLACION DE NUEVO LEON).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2751
Habiendo tenido la responsable a la vista, el acta de nacimiento de una menor, que comprueba su condición de hija legítima de la quejosa, es jurídicamente imposible que ésta pueda haber incurrido en el delito de ocultación de infante, cuando sobre la referida menor ejerce la patria potestad, entre tanto la autoridad judicial, dentro del juicio civil correspondiente, no declare por sentencia firme, la nulidad de tal acta que entre tanto hace prueba plena al tenor de las disposiciones relativas del Código de Procedimientos Civiles aplicable en el Estado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9921/44. Hernández de Cerda Josefa. 16 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.