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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305639
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2813
CONFESION DEL COACUSADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2813
Deben desecharse los testimonios de cargo contra el quejoso, si el coacusado, en su confesión, aceptó plenamente su responsabilidad y salvo la de dicho quejoso, si no hay un solo indicio de que la exculpación provenga de soborno o cualquier otro motivo inmoral.
Precedentes
Amparo penal directo 4651/44. Valle Fabela Margarito. 19 de febrero de 1945. Mayoría de tres votos. Disidente: José M. Ortiz Tirado y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Fernando de la Fuente.