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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305702
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3396
ARTICULO 23 CONSTITUCIONAL, VIOLACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3396
El hecho de que otras personas hayan sido sentenciadas en el proceso del que emana el auto de formal prisión contra el quejoso, no puede considerarse una violación al artículo 23 constitucional, que prohibe que una persona sea juzgada dos veces por el mismo delito.
Precedentes
Amparo penal en revisión 10294/44. Núñez Juan Antonio. 2 de agosto de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.