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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3479
SUSPENSION SIN FIANZA (PETROLEOS MEXICANOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3479
Dados los términos en que está concebido el artículo 16 del decreto de primero de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro, claramente se ve la intención del legislador de excluir a Petróleos Mexicanos, sólo para el futuro, de la situación en que se encuentran los litigantes obligados a dar fianza, en determinados asuntos de orden contencioso, es decir la excepción que se hace en favor de Petróleos Mexicanos; es sólo para el futuro.
Precedentes
Tomo LXXXIII, página 5233. Indice Alfabético. Queja 36/45. Petróleos Mexicanos. 10 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXIII, página 3479. Queja en amparo civil 37/45. Petróleos Mexicanos. 5 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXIII, página 5233. Indice Alfabético. Queja 34/45. Petróleos Mexicanos. 5 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.