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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305721
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3608
ROBO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3608
Es verdad que la tenencia de la cosa robada, sin la demostración de que aquélla es legítima, constituye un indicio de culpabilidad, pero también lo es que el grado de ésta debe ser acreditada con otras pruebas, de tal manera que el hecho singular de encontrarse la cosa robada en poder de un individuo, no basta para corregir que es el autor del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 9967/43. Luna Flores José. 7 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.