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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305727
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3707
PENAS, INDIVIDUALIZACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3707
Dada la facultad soberana de que disponen los Jueces para el ejercicio del arbitrio que les confiere la ley, en la individualización de las sanciones, no puede ser sustituido su criterio por el de la Suprema Corte.
Precedentes
Amparo penal directo 10117/44. Carrasco José. 8 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.