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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305737
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3756
CONFESION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3756
Debe tomarse en cuenta la confesión inicial que haga un acusado, cuando dicha confesión no esté contradicha por las demás constancias de autos y sea rendida en condiciones de que el reo no pueda ser aconsejado por su defensor, aunque posteriormente, en el curso de las actuaciones, el mismo inculpado cambie su declaración rendida con anterioridad sin dar razón fundada de dicho cambio.
Precedentes
Amparo penal directo 9892/44. Muñoz Gutiérrez J. Concepción. 9 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.