Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/305753
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305753
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3926
AUTOPSIA (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3926
El artículo 478 del Código de Procedimientos Penales en el Estado de Jalisco dice que para comprobar el homicidio, por regla general, se practicará la autopsia, lo que indica que el legislador no estimó como absolutamente indispensable dicho medio de comprobación del cuerpo del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 9075/44. Sánchez Mora Salvador. 13 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.