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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305758
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3928
FRAUDE. ESCRITURAS SOCIALES NO AJUSTADAS A LA VERDAD.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3928
Con relación a una escritura en que el querellante vendió ciertos bienes inmuebles, sin haber recibido el precio, como se hizo constar en dicha escritura, si realmente no medió la entrega del precio, hubo una mutación de la verdad, una mentira, una simulación, técnicamente; pero no un concepto equivocado o un falso juicio, característico del error, por lo que el delito de fraude, no existe.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4202/43. Fischer Martín y coagraviados. 13 de marzo de 1945. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.