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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305777
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4140
ROBO, BIENES MUEBLES PARA LOS EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4140
La apreciación de que la cosa robada no podía considerarse como bien mueble, por haber estado en servicio en un inmueble, cuando fue levantada y llevada por los procesados, es indebida, ya que desde el momento en que fue levantada o separada, no formaba ya parte de dicho inmueble, y el haberse apoderado de la misma sin derecho y sin consentimiento de su dueño, cometieron el delito de robo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 223/45. García Valente y coagraviados. 16 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.