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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305781
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4278
ALEVOSIA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4278
La alevosía no es más que la máxima ventaja, y requiere un principio de premeditación, que tiende a valerse de un medio que no dé lugar al ofendido a defenderse, lo que no se configura solamente por el hecho de que las lesiones que recibió la víctima, están situadas en la espalda.
Precedentes
Amparo penal directo 8692/44. Rosales Estrada Pedro. 20 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.