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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305811
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 18
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 18
Si la autoridad responsable ajustó su criterio a la ley, la Suprema Corte no puede sustituir su criterio al de la potestad común, en la individualización de la sanción impuesta, porque ello equivaldría a volver nugatorio el ejercicio discrecional de que dispone sobre el particular.
Precedentes
Amparo penal directo 7265/48. Mendoza Soto Juan Manuel. 3 de octubre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.