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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305821
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 190
CALIFICATIVAS, INEXISTENCIA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 190
En el delito de homicidio no concurrió agravante alguna, si el acusado lesionó mortalmente al ofendido después de que éste le había dado un golpe.
Precedentes
Amparo penal directo 4583/47. Flores Arenas Manuel. 7 de octubre de 1949. Unanimidad de cinco votos, se sobreseyéndose respecto del Juez de Primera Instancia y se negó la protección constitucional contra la sentencia del tribunal de alzada; por mayoría de tres votos, se sobreseyó. Disidentes: Fernando de la Fuente y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.