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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305827
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 242
SUSPENSION DE ACTOS NO RECLAMADOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 242
Aun cuando se considere probada la orden de suspensión de las labores que el quejoso realiza en un predio, si esa suspensión no fue señalada en la demanda, como acto reclamado, no procede la suspensión del acto que la ordena.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 427/49. Silva Jacinto. 8 de octubre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.