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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305844
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 396
ENERVANTES, CUERPO DEL DELITO DE SIEMBRA Y CULTIVO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 396
Es indudable que no se justificaron los elementos materiales del delito contra la salud, consistente en la siembra y cultivo de adormideras, si no aparece plenamente demostrado que el cáliz que recogieron los agentes de policía fuera de la especie denominada "papaver sumniferum", ya que el jefe de la oficina de la unidad sanitaria del lugar, manifestó que no le era posible clasificarlo en esa especie, aunque suponía que podría ser de la misma, por sus caracteres morfológicos, pues es obvio que esa manifestación es insuficiente para tener por cierto que el cáliz recogido fuera de la especie mencionada. En esas condiciones, no quedó comprobado el cuerpo del delito, ya que no hay ningún indicio de que pudiera ser esa yerba una adormidera, tanto mas, cuanto que no obra otro dato que pudiera indiciariamente hacer suponer la existencia de esa adormidera.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4641/48. Careaga Eduardo. 17 de octubre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.