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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305880
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 976
ROBO EN LUGAR CERRADO (LEGISLACION DE DURANGO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 976
Si el robo fue cometido en un lugar cerrado tal circunstancia perjudica al quejoso, aun cuando no haya penetrado al lugar donde se encontraba la cosa robada, pues habiéndolo realizado su coacusado, según el artículo 44 del Código Penal del Estado, las circunstancias calificativas de la sanción penal que tienen relación con el hecho sancionado, como lo es la de haberse cometido el robo en un lugar cerrado, perjudican a todos los que intervengan en cualquier grado, en la comisión del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 7689/48. Adame Gurrola Alejandro. 3 de noviembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.