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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305893
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 989
AUTO DE FORMAL PRISION, AMPARO CONTRA EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 989
Carece de justificación la pretensión de que la autoridad judicial que conoce de un amparo contra un auto de formal prisión, únicamente puede ocuparse de si, precisamente con los datos probatorios invocados por la autoridad responsable, se encuentran o no demostrados el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del inculpado, pues el Juez de amparo está capacitado para apreciar, tanto los datos que cita la responsable como otros diversos aportados al proceso, antes de dictarse el auto de formal prisión, y determinar si la conclusión a que se llega en éste se encuentra ajustada a las garantías que otorga la Constitución Federal a los particulares.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2741/49. Guitián López José Benito. 4 de noviembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.