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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1155
AUTO DE FORMAL PRISION (TESTIGOS DE OIDAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1155
Si los testimonios de cargo son de oídas y categóricamente no inculpan a nadie, resulta que dichas pruebas no son eficaces para considerar satisfechos los extremos del artículo 19 constitucional para la procedencia de un auto de formal prisión.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5716/49. Ruiz Meza José. 9 de noviembre de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: José Rebolledo. Disidente: Luis G. Corona Redondo. La publicación no menciona el nombre del ponente.