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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305917
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1251
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA, EN LA APELACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1251
Al modificarse la sentencia de primer grado, desechándose la clasificación de los hechos llevada a cabo por el inferior, forzosamente quedó sin efecto la pena impuesta, como consecuencia de esa clasificación indebida y, por tanto, el tribunal de alzada quedó capacitado para ejercitar el arbitrio judicial e individualizar la pena bajo la nueva modalidad, con arreglo a las facultades que la ley le confiere.
Precedentes
Amparo penal directo 6066/48. Ortega Pescador J. Encarnación. 11 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.