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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305940
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1565
CLASIFICACION DEL DELITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1565
Si el delito fue mal clasificado por el Ministerio Público, indebidamente es admitida tal clasificación por el juzgador, con mengua de la facultad decisoria y soberana que le concede el artículo 21 de la Constitución.
Precedentes
Amparo penal directo 6568/48. Argüello Herrejón Juan. 18 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.