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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305948
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1628
FRAUDE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1628
Cuando se ejercita una acción civil la autoridad judicial, sin emplear documentos y otras probanzas falsas, sino sólo un contrato no alterado cuyas cláusulas interpreta en determinado sentido el actor, no puede admitirse que éste engañe ni se aproveche del error de nadie, por lo que no puede configurarse la tentativa de un fraude.
Precedentes
Amparo penal directo 8595/47. Zúñiga Martínez Francisca. 21 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona.