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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305951
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1646
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1646
Del texto de los artículos 21 y 22 del Código de Procedimientos Penales del Estado, resulta que no es condición para decretar el aseguramiento de la cosa objeto del delito, que previamente se haya librado orden de aprehensión o dictado auto de formal prisión en contra del indiciado, si no se trata de una providencia precautoria solicitada por la parte civil para asegurar el pago de la reparación del daño, ni de asegurar bienes del inculpado que basten para cubrir la pena pecuniaria que pueda corresponder al delito, sino simplemente de asegurar la cosa objeto del delito, con la finalidad de hacer posible o facilitar la comprobación del abuso de confianza atribuido a los inculpados.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2104/49. Ruiz de Pérez Petra y otros, (Amparos acumulados). 21 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.